Banca & FinTech

¿Culpa grave o leve? Expertos critican indicaciones del Gobierno en Ley Anti Fraudes

Abogados de estudios jurídicos coincidieron en que el estándar propuesto por el Ejecutivo es erróneo y advierten efectos en la industria.

Por: Vicente Vera | Publicado: Viernes 22 de marzo de 2024 a las 04:00 hrs.
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El Ministerio de Hacienda presentó la semana pasada un paquete de indicaciones para reformular la Ley de Anti Fraudes en el Senado.

La propuesta del Ejecutivo refuerza el catálogo de presunciones de delitos a través del establecimiento de dolo o “culpa grave” vinculados a la responsabilidad del usuario cuando existen defraudaciones en sus medios de pago.

Sin embargo, dicho estándar no se acercó a lo requerido por los gremios financieros durante el debate legislativo, que pedían el establecimiento de la “culpa leve”.

“Este enfoque incrementa los costos operativos y de gestión para las entidades emisoras, quienes, ante la necesidad de cubrir estos gastos adicionales, tienden a trasladarlos a los consumidores”, dijo Francisca Franzani de AZ.

¿La diferencia? El socio de Aninat Abogados, Cristián Reyes, explicó que el dolo dice relación con la mala fe al momento de obrar y la culpa grave es un nivel de negligencia e imprudencia extrema, razón por la cual el Código Civil la asimila al dolo.

El experto en fintech y socio de HD, Matías Langevin, indicó que la gran diferencia e implicancia entre ambos estándares “recae en el grado de debida diligencia que se le exigiría a cada titular que utilice un medio de pago, siendo más estricta la referida a la culpa leve”.

El socio del área de Banca y Finanzas de Alessandri, José Antonio Cuadra, complementó esta idea, señalando que la culpa leve alude a la falta de cuidado que tienen las personas en sus asuntos.

“La culpa leve admite mayores supuestos de negligencia por los que el emisor podría dirigirse en contra del usuario para declarar la conducta fraudulenta”, expuso el asociado de Derecho Penal de Morales & Besa, Tomás Correa.

Los efectos

Según los expertos, el que haya quedado en dolo o culpa leve la responsabilidad en el uso de medios de pago creará un problema.

El socio de Cariola Díez Pérez-Cotapos, Juan Antonio Parodi, dijo que esta regla “es muy difícil de probar, por lo que en la práctica el emisor termina pagando desconocimientos de transacciones que el usuario sí realizó”.

El socio de Lorenzini Twymann, Jaime Lorenzini, reprochó que los cambios son “muy inadecuados al haber instalado en nuestro sistema el régimen de responsabilidad de la culpa grave respecto de los usuarios de medios de pago porque rompe la coherencia del ordenamiento jurídico”.

Tanto Cuadra como Reyes arremetieron contra las indicaciones al no estar adecuadas con las reglas existentes en el ordenamiento jurídico.

El socio de Barros & Errázuriz, Javier Díaz, criticó que las indicaciones no solucionan el problema del creciente número de fraudes debido al estándar de dolo y culpa leve. Advirtió que “el efecto previsible será una creciente desbancarización de los grupos que registren mayores tasas de siniestralidad”.

Para la directora de grupo compliance en Albagli Zaliasnk, Francisca Franzani, el enfoque de Hacienda “incrementa los costos operativos y de gestión para las entidades emisoras, quienes, ante la necesidad de cubrir estos gastos adicionales, tienden a trasladarlos a los consumidores en forma de tarifas más altas o condiciones menos favorables”.

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